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  Defensoria del Proveedor
 
 
Andrea Halabi Morel
Defensor del Proveedor
200-5575

defensordelproveedor@dys.cl
 

¿Qué es la defensoría del proveedor?

“Defensoría del proveedor” o “Defensoría” : es el organismo dependiente de la Contraloría corporativa de D&S cuyo objetivo es prevenir, acoger y resolver, de manera imparcial, objetiva, de buena fe y en carácter de mediador, cualquier dificultad o controversia que se produzca entre D&S, las filiales D&S y los Supermercados, de una parte, y uno cualquiera o más de los proveedores, respecto del aprovisionamiento y cualesquiera relaciones reguladas en los TCGA y los APC.

   
 
¿Cuándo el proveedor puede acudir a la “Defensoría del proveedor”?
 

Cuando el proveedor tenga cualquier dificultad o controversia que se genere entre D&S, las filiales D&S y los supermercados, con motivo de la interpretación, ejecución, cumplimiento o incumplimiento de los TCGA o APC.

   
  ¿Quiénes pueden presentar un reclamo?
 

El reclamo deberá ser suscrito personalmente por el proveedor o por su representante, en cuyo caso deberá adjuntar el mandato respectivo.

   
 
¿Cuál es el costo, para el proveedor, de recurrir a este mecanismo?
 

El proceso que se inicie y desarrolle ante la “Defensoría del proveedor” será gratuito para el proveedor.

   
 
¿Qué debo hacer para presentar un reclamo
 

Dirigirse directamente a la oficina del defensor del proveedor ubicada en Av. Eduardo Freí M. # 8301
Enviar formulario reclamo TCGA (Se encuentra en pagina WEB) a defensordelproveedor@dys.cl

   
 
¿Cuánto dura el proceso de un reclamo?
 

Una vez recibido un reclamo y verificado que el contenido se ajuste a lo dispuesto en la cláusula 23.4 de los TCGA la defensoríadeberá dar una resolución dentro de los 20 días hábiles.

   
 
Proveedores de menor tamaño PYME
   
 
¿Qué se entiende por “Proveedores de menor tamaño?
 

Proveedores que, por concepto de aprovisionamiento, realicen ventas de los mismos a las filiales D&S por un monto anual total igual o inferior a 60.000 UFs, excluido el importe que corresponda al IVA.

 

También al nuevo proveedor, hasta el mes siguiente a aquel en que, por concepto de venta de mercaderías a los Supermercados, facture en el mes, una suma superior a 5.000 UFs.

 

No será considerado proveedor de menor tamaño aquel proveedor cuyas ventas totales anuales excedan las 100.000 UFs.

   
 
¿Cómo acredito que soy Proveedor de menor tamaño?
 

Los Proveedores de menor tamaño deberán acreditar en forma previa y anual a D&S su calidad de tales con una solicitud por escrito a la “Defensoría del Proveedor” y con las copias de las doce ultimas declaraciones mensuales del pago de IVA (Formulario N° 29).

   
  ¿Cuánto tiempo demora este proceso?
 

El tiempo promedio del proceso desde la recepción hasta el cambio de plazo de pago si cumple con los requisitos no es mayor a 2 o 3 días hábiles.

   
 
FORMULARIOS
   
 
 
 
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